Publicado 02 marzo 2021

A través de este medio compartimos con los/as abogados/as la forma de diligenciar Oficios ante la AFIP, los que en cada ocasión deberán adjuntarse como archivo PDF al mail oficios_DRSAFE@afip.gob.ar , acompañando constancia de pago del arancel de $350 en concepto de servicio de tramitación y contestación de oficios (Disposición 115/98 (AFIP) y su modificatoria Disposición 296/18 (AFIP). La operatoria puede realizarse por Santa Fe Servicios o Banco Nación, por medio del F.1012, salvo los casos en que están exentos del pago del referido arancel.

El anexo de la disposición 111/98 establece:

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 2° – DISPOSICIÓN N° 115/98

Oficios exentos del pago de aranceles

1) Los librados en causas penales de cualquier naturaleza.

2) Los informes solicitados por entes recaudadores nacionales, provinciales y municipales con los que se hayan suscripto convenios y en tanto los efectúen en el ejercicio de sus funciones específicas.

3) Los librados en los expedientes seguidos para obtener beneficio de litigar sin gastos, a pedido de la parte que pretende dicho beneficio.

4) Los librados en aquellos expedientes en que la parte peticionante actúe con el beneficio de litigar sin gastos, siempre que dicha situación se consigne en el oficio.

5) Los ordenados de oficio por los magistrados como medida para mejor proveer, cualquiera sea la materia objeto del juicio.

6) Los librados por cualquier tribunal, suscriptos por el Juez o el Secretario, o en su caso, por el síndico o abogado, transcripción del auto que en forma expresa indique que no procede cobrar arancel en el trámite.

7) Los propuestos por la propia ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los juicios en que sea parte.

8) Los librados en juicios laborales, a pedido del trabajador o de sus derechohabientes.

9) Los librados en actuaciones judiciales derivadas de las relaciones de familia que no tengan carácter patrimonial, alimentos, litisexpensas y las atinentes al estado civil y capacidad de las personas.

10) Los oficios y pedidos de informes que por una ley especial se encuentren exentos del pago de todo tipo de arancel y dicha situación se consigne en la libranza.

Puede descargar el volante de pago del siguiente link:

https://serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/formularios/pdf/f1012.pdf