Publicado martes 24 de marzo 2020

Los presidentes de los cinco Colegio de Abogados de la Provincia de Santa Fe, ante la situación de emergencia de dominio público, plantearon al Ministro de Seguridad, Marcelo Fabián Saín, se dispongan medidas necesarias para asegurar la libre circulación de los abogados y abogadas en ejercicio de la profesión y en situaciones de urgencia por casos excepcionales.

En el documento se señala: “Juntamente con la Secretaría de Justicia de la Provincia acordamos criterios para la circulación”.

Normativas y supuestos habilitantes:
1 Decreto 260 PEN.
Art.6 (excepciones al Aislamiento Obligatorio) Inciso 3°: Personal de los servicios de justicia de turno.
Inciso 6°: Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

2. Acordada Corte Suprema de Justicia de Santa Fe n° 10: Punto 8: Recomendar
enérgicamente a profesionales y público en general, la importancia de reducir la concurrencia y permanencia de personas en el ámbito de estos Tribunales. Se recuerda a tales efectos, la factibilidad de gestionar el trámite o información requerida por vía telefónica o electrónica; en el caso de contar con la autorización pertinente.

3. Articulo 314 Ley Orgánica del Poder Judicial:
En el ejercicio de su profesión, el abogado está equiparado a los magistrados judiciales en cuanto al respeto y consideración que debe guardársele. La violación de esta norma admitirá denuncia ante el superior jerárquico del infractor y será sustanciada de inmediato. El profesional afectado está legitimado para la radicación e impulso de los trámites respectivos.

4 Exhibición de la credencial de matrícula y documentación -si se tuviere- que justifique la actuación en cada caso concreto.

“Por lo expuesto -puntualizan los presidentes de los cinco Colegios- le solicitamos que instruyan a las fuerzas de seguridad para que en el caso particular no se detengan o interrumpan injustificadamente la labor de los profesionales del derecho”